DESDE HUACHO PARA EL PERU y EL MUNDO - ESTUDIO JURIDICO "LA ROSA y ASOCIADOS"

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miércoles, 13 de mayo de 2015

DE NO EFECTUARSE PAGO INTEGRO DE CTS, SE GENERARÁ EL DEVENGADO AUTOMÁTICO DE INTERESES

Los empleadores deben depositar, hasta este 15 de mayo, la compensación por tiempo de servicios (CTS) correspondiente al periodo noviembre 2014 – abril 2015, asimismo, deben entregar al trabajador dentro de los cinco días hábiles de efectuado dicho depósito una liquidación en la que se refleje el monto abonado.

De otro lado, de no efectuarse ese depósito en forma íntegra y oportuna genera el devengo automático de intereses y constituye una infracción grave, sancionable con una multa por parte de la Sunafil, que puede elevarse hasta 192,500 nuevos soles, si esto afecta a más de 1,000 trabajadores.

De este modo, la CTS tiene como objetivo disminuir la contingencia de que el trabajador se quede sin trabajo, de este modo, César Puntriano Rosas, director del área laboral de PwC, detalló  que la regla general consiste en que solamente se puede disponer de hasta el 70% del excedente de seis remuneraciones brutas que se encuentren depositadas en su respectiva cuenta individual de depósito CTS. Para ello, el empleador debió informar el importe de las seis últimas remuneraciones mensuales brutas a la institución financiera depositaria de la CTS al 30 de abril del presente año.

Tomado de portal web: Diario Oficial El Peruano.






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