En el Perú la constitución de 1828 (art 150º.), Recoge Por primera vez El Principio de Legalidad en forma clara y categórica: "ningún peruano this Obligado una cola lo Hacer LA LEY NO MANDA, o impedido de Hacer Lo Que ELLA NO prohibé " (Art. 2º.24.a), de Nuestra actual Carta Magna ). El Código Vigente regula el Principio de Legalidad en el Articulo II del Título Preliminar del Código Penal, de la siguiente manera "Nadie sancionado Será Por un acto sin comisión Previsto Como delito o Falta Por La Ley Vigente Al Momento de su, ni Sometido a pena o Medida de Seguridad Que No se encuentren establecidas en ella ".
Es indiscutible Que, en la Actualidad, El Principio se ha impuesto en La Gran Mayoría de Países; Siendo la fuerza de los Valores Que Lo Inspiran, La que ha traido como corredor Que se encuentre Regulado en los DIVERSOS Sistemas Jurídicos, ONU Ser Por Instrumento garantista Eficaz Para La lucha contra la arbitrariedad del Poder y los Abusos del Mismo.
Se CONSIDERA, con mucho acierto, Que El Principio de Legalidad, uno de los cimientos constituye Sobre Los Que Dębe reposar TODO Estado Democrático y de Derecho. Los Valores de Como La Libertad y Seguridad Personales, hijo Los Que fundamentan this Principio he aquí Por Que la Presencia del Mismo en las reglas del Derecho Internacional Público y en las del Derecho interno, no Hacen Más Que Poner en Orden de imprimación, su Importancia y Do gravitación en la construcción del penal de control.
ESTA claro, pues, Que this Principio juega rol de la ONU elemental al Fijar Límites Objetivos al Ejercicio del Poder punitivo Estatal, Que uno Siendo, Por Su naturaleza Jurídica, cumple Una Función Esencial y,: Además, Establece Deberes Que Deben Ser Cumplidos Por los Operadores del Estado, bajo el apremio de Asumir responsabilidades Funcionales, en Caso de Incumplimiento de los Parámetros Que introducir el Principio de Legalidad.Este Principio es Conocido universalmente con el apotegma latino "nullum crimen, nulla poena, sine lege"; es decir "sin delito heno, sin pena heno, sin ley", Encierra en SUS vocablos latinos la esencia del Principio de Legalidad, Donde pone de relevar el rol funcional Que cumple la ley, párr la determinacion de la Infracción punible y de la sanción penal, Ahi radica su Reconocimiento universal. ESTAS FORMULACIONES LATINAS ORDINARIAS DEL PRINCIPIO DE Legalidad, provienen del penalista ALEMÁN DEL SIGLO XIX PAUL JOHAN ANSELM Ritter von Feuerbach, Que las Desarrolla Como Elemento de su teoría de la pena (conminación PENAL).
Nuestra Constitución Política Establece en su 2º.24.d article) Que "Toda persona Tiene Derecho: (...) A la libertad ya la Seguridad Personales. En Consecuencia: (...) Nadie Será Procesado ni Condenado Por acto u omission Que al Tiempo de cometerse no Esté previamente calificado en la ley, de Manera Expresa e inequívoca, Como Infracción punible; ni sancionado con pena no Prevista en la ley ". Así Mismo, la Carta Política, en el literal a) del Artículo 2.24 Mismo Sostiene Que "Nadie Está Obligado a Hacer Lo Que la ley no manda, ni impedido de Hacer Lo Que Ella No prohibé". Es indiscutible Que, como esta Concebido jurídicamente this Principio en la Constitución Política, tecnicamente, constituye ONU direction derecho fundamental de la persona, Que Lo Por los Operadores del Estado no estan obligados a observarlo en solitario, sino-Tienen: Además Que El Deber Jurídico de cumplirlo, atendiendo a la fuerza Normativa constitucional Que en la Actualidad Tiene; en ESE SENTIDO, hoy denominado Dębe Ser Como El DERECHO A LA Legalidad PENAL y / o PRINCIPIO DE Legalidad PENAL, Que Establece la del que intervention punitiva Estatal, del tanto al Configurar el delito de Como al determinar S., APLICAR y ejecutar SUS Consecuencias, estar regida Por Dębe el "imperio de la ley", entendida this Como Expresión de la "Voluntad General". Y puesto m Que se refiere a la Intervención del Poder punitivo Estatal se le Florerias Llamar PRINCIPIO DE INTERVENCIÓN legalizada (MUÑOZ CONDE, Francisco, Introducción al Derecho Penal, BOSCH Casa Editorial SA, Barcelona 1975, pp.79 y 80). No le Falta Razón al profesor Muñoz Conde, Cuando sugiere Que al Principio de Legalidad penal se le Florerias, IGUALMENTE, denominar Como Principio de Intervención legalizada; Ello atendiendo una cola constituye ONU PARÁMETRO o Límite de la ONU al poder punitivo Estatal, en La Medida Que le Impone al Estado la obligation de intervenir en Asuntos Penales, Haciendo la USO de Solo Un Instrumento normativo, Como lo es la ley; Esto Es párr determinar S. Infracciones Penales, párr Fijar en abstracto las SANCIONES Penales, y párr TODO Aquello en Lo que sé requiera Una intervention legalizada.
Se Puede entender Que los Operadores de Justicia están en la Obligación de Armonizar en nuestro de Estado Constitucional de Derecho, la Correcta Aplicación del Principio de Legalidad en Todas las Instancias y en Todas las Materias, bajo Responsabilidad de Juicio Popular, pues el Pueblo està cansado de vivir En un Estado Leviatán, Donde impera el Abuso y la arbitrariedad de Los Que lucran de la Desgracia de Los Que Menos Tienen y Encima hijo Protegidos Por delincuentes Autoridades Que administran con inconducta funcional, mala fe, dolo y conducta deshonrosa, los Destinos jurisdiccionales de Toda una Nación, a la cual sea sí Deben pues gracias a ella Es Que Tienen El poder de Existir Para La Administración de la Ley.
