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miércoles, 26 de febrero de 2014
REUNIÓN DEL DR. CALLE PAJUELO, CON REPRESENTANTE Y ABOGADO DE TRABAJDORE...
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE PUBLICACIÓN REALIZADA EN EL DIARIO "LA REPÚBLICA" EL DÍA MARTES 25/02/2014
Ante las versiones dadas por supuestos accionistas trabajadores de la Empresa Agraria Azucarera Andahuasi S.A.A., el doctor MARLON JAVIER CALLE PAJUELO, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Huaura, manifiesta lo siguiente:
1. Ante lo publicado: “Marlon Javier Calle Pajuelo, viene manejando el Ministerio Público de Huaura, desde hace muchos años y asigna casos inobservando criterios de imparcialidad”. SE PRECISA QUE: las denuncias y/o informes policiales que ingresan a la sede fiscal de Huaura, son distribuidos a cada despacho fiscal SEGÚN CRITERIO JURÍDICO DEL FISCAL PROVINCIAL COORDINADOR, sin que exista injerencia y/o participación de la Presidencia; ahora bien, de advertirse algún caso pasible de acumulación a otro caso fiscal, el Coordinador o el fiscal investigador procede conforme a lo previsto en el artículo 46º al 48º del Código Procesal Penal, remitiendo o requiriendo el caso que guarda conexión para su acumulación; es decir, ante una pluralidad de denuncias, delitos e imputados vinculados a las investigaciones, como lo sucedido en el caso de la empresa azucarera Andahuasi, es que bajo los criterios de celeridad y economía procesal, los fiscales de primera instancia han procedido a su acumulación, correspondiendo así la investigación al Segundo Despacho de Investigación, no implicando ello un manejo de las investigaciones. EN TAL SENTIDO NIEGO LO IMPUTADO YA QUE NO ES PARTE DE MI FUNCIÓN ASIGNAR CASOS A FISCALES Y MENOS A ASISTENTES.
2. Se señala que mi persona en condición de “Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Huaura, permite la existencia de un sistema ADHOC para los casos de la Azucarera Andahuasi como instancia superior… lo correcto es que otros fiscales superiores de acuerdo al turno puedan pronunciarse en segunda instancia, teniendo en cuenta que en Huaura se han designado tres Fiscalías Superiores Penales”. SEÑORES: En el Distrito Fiscal de Huaura funcionan DOS FISCALÍAS SUPERIORES PENALES y NO TRES como tergiversadamente señalan; cada fiscalía está a cargo de un fiscal superior titular, quienes como defensores de la legalidad y de los intereses tutelados por el derecho, según su criterio autónomo, se pronuncian en segunda instancia y en cada caso según el turno fiscal QUINCENAL establecido desde el año 2009 mediante Resoluciones Nº 366-2009 y 747-2009. En este sentido, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Huaura NO TIENE INJERENCIA en la distribución de los casos a los fiscales superiores ya que cada carpeta fiscal ingresa aleatoriamente según el turno, a la mesa de partes de cada despacho fiscal superior.
3. En cuanto a lo sostenido: “la participación del Asistente de Fiscal Eusebio Tarazona, quien labora en la sede de la Fiscalía en Barranca y que vestido con ropa absolutamente inadecuada, se presentó en una diligencia en la Corte de Huaura y tuvo a su cargo el manipuleo del expediente 498-2013 en presencia del Fiscal Víctor Saúl Montes Vega” y ante las interrogantes: “¿Qué hacía el asistente Eusebio Tarazona fuera de su centro de trabajo (Barranca) en día laborable en el Juzgado de Huacho? ¿Quién autorizó su desplazamiento? ¿El Dr. Marlon Calle? Este asistente había sido cambiado a principios de enero a la sede de Barranca, conjuntamente con el Fiscal Demóstenes Gonzáles Gálvez”. SE PRECISA QUE: El servidor Eusebio Tarazona Pascasio ingresó a laborar a la sede fiscal de Huaura en el año 2010, mediante permuta dispuesta por la Gerencia Central de Potencial Humano, siendo asignado al Segundo Despacho de Investigación de Huaura en el año 2011, donde trabaja hasta la actualidad; por lo que NIEGO HABER ORDENADO O DISPUESTO EL DESPLAZAMIENTO DEL MENCIONADO SERVIDOR a la sede fiscal de Barranca, siendo COMPLETAMENTE CARENTE DE VERACIDAD LO SOSTENIDO, desconociendo lo ahora afirmado, así como las razones que motivan tal cuestionamiento sobre la labor del servidor.
4. A lo sostenido: “¿Es que se ha creado un pool exclusivo de fiscales y asistentes ad hoc para manejar los casos penales de Andahuasi?¿Tanto poder tiene el grupo Wong para que los fiscales del Segundo Despacho de Investigación Preparatoria de Huaura, actúen prestamente para diligenciar sus denuncias? ¿Por qué hay movimiento de fiscales? ¿Será verdad que el grupo ad hoc de fiscales cambiará al Fiscal Víctor Saúl Montes Vega?. SE SEÑALA: Mediante Resolución Nº 2952-2012-MP-FN, de fecha 08/11/2012, el doctor Demóstenes Gonzáles Gálvez fue designado directamente por el Señor Fiscal de la Nación como fiscal de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura, sin que existiera solicitud de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Huaura para su nombramiento; asimismo, atendiendo que mediante tal resolución se nombra además a la doctora Marlene Malqui Falcón como Fiscal Adjunta Superiory en consecuencia debía dejar el cargo de fiscal provincial del Segundo Despacho de Investigación de Huaura que en ese momento desempeñaba, es que el Presidente de la Junta de Fiscales de Huaura de aquel entonces, dispuso que el doctor Gonzáles Gálvez pase a laborar al Segundo Despacho. En este sentido, NIEGO UNA VEZ MÁS mi participación en la designación del Fiscal en mención, más aún si en el período 2011 a 2012 mi persona no estuvo a cargo de la Presidencia. Asimismo PRECISO QUE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE FISCALES SUPERIORES DE HUAURA NO SE ENCUENTRA FACULTADA PARA CREAR O IMPLEMENTAR UN POOL DE FISCALES O ASISTENTES, menos aún crear una fiscalía Ad hoc o especializada, siendo ésta potestad y atribución de la Junta de Fiscales Supremos; por lo que también NIEGO la desinformación publicada en el medio periodístico, ya que NO EXISTE POOL DE FISCALES Y/O ASISTENTES. Siendo necesario aclarar que la designación del doctor VÍCTOR SAÚL MONTES VEGA, como Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura, fue realizada por el Señor Fiscal de la Nación; y, si actualmente labora en el Segundo Despacho de Investigación, ello obedece a sus 24 años de experiencia como fiscal y su trayectoria impecable en la institución.
5. Sobre la labor del Órgano de Control Interno de Huaura, en cuanto a dilaciones de las investigaciones que estuvieron a cargo del doctor Gonzáles Gálvez, que también se cuestiona, DEBO AFIRMAR que durante mi gestión, en el año 2012, se creó la página del facebook de este distrito fiscal, en donde regularmente se informa a la ciudadanía que en caso advirtiese la existencia de inconducta funcional o delito cometido por algún fiscal, acuda directamente a la Oficina de Control Interno, ya que es el único órgano encargo de investigar a los fiscales.
6. En cuanto a lo afirmado sobre la posibilidad de que exista un direccionamiento de carpetas fiscales de diversas denuncias al Segundo Despacho de Investigación, cuestionándose incluso que existiría una denuncia contra trabajadores de Andahuasi, por presunto delito de lavado de activos que ha sido remitido al indicado Despacho, NIEGO REITERADAMENTE que ESTA PRESIDENCIA SE ENCARGUE DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS CASOS FISCALES ya que esto es función del Fiscal Provincial Coordinador.
7. SEÑORES preciso también que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores no emite pronunciamiento en quejas de derecho, consultas, apelaciones u otros recursos impugnatorios, siendo esta función exclusiva de las Fiscalías Superiores Penales, en este sentido, en mi condición de Presidente me encuentro facultado para realizar labores de índole ADMINISTRATIVO, de acuerdo a lo previsto en el artículo 87A de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
8. Es necesario señalar que en horas de la mañana del día 15/11/2013, sostuve una reunión con el señor Ruben Alor, dirigente de los trabajadores de la empresa Andahuasi, así como con sus abogados defensores, con quienes se dialogó en un inicio alturadamente sobre temas jurídicos y procedimentales respecto del estado y trámite de sus solicitudes ante las Fiscalías de esta sede; sin embargo, al finalizar la reunión, el señor Ruben Alor, señaló en forma amenazante que adoptaría otro tipo de medidas contra los integrantes del Ministerio Público y contra mi persona (VER VIDEO: http://bit.ly/1c8xOEx). - no se aprecia amenaza alguna
9. En este sentido y atendiendo que con la publicación carente de objetividad ahora rebatida, estaría cumpliendo con sus amenazas, atentando contra mi imagen, mi reputación y mi honra, ME RESERVO EL DERECHO DE ACCIONAR PENAL Y CIVILMENTE EN SALVAGUARDA DE MIS DERECHOS AFECTADOS.
10. LA PRESIDENCIA RECHAZA TOTALMENTE EL ÍNTEGRO DEL COMUNICADO QUE MEDIANTE INFORMACIÓN TERGIVERSADA Y DE CONTENIDO DIFAMATORIO PRETENDE ATENTAR CONTRA LA AUTONOMÍA FUNCIONAL DE LOS FISCALES DEL DISTRITO FISCAL DE HUAURA, TRATANDO DE IMPONER CRITERIOS DE MANERA EXTRAJUDICIAL O EXTRAPROCESAL LO CUAL NO SE PUEDE ACEPTAR DE NINGUNA MANERA.
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