DESDE HUACHO PARA EL PERU y EL MUNDO - ESTUDIO JURIDICO "LA ROSA y ASOCIADOS"

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sábado, 28 de noviembre de 2020

#PERU LA POSTULACION AL CONGRESO 2021 DE MARTIN VIZCARRA EX PSDTE VACADO POR PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCION #ES_UNA_PROVOCACION A TODA NUESTRA NACION #que opinan ustedes ?

 

Los inmensos desafíos que afronta hoy el Perú exigen que nos pongamos nuevamente al servicio del pueblo. Encabezaré la lista de candidatos al Congreso por para continuar las reformas que nos permitan construir un país más justo y equitativo.

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https://twitter.com/MartinVizcarraC/status/1332528526248079360

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Aprueban disposiciones para los gobernadores y vicegobernadores regionales que renuncien con el propósito de participar como candidatos a Presidente y Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en las Elecciones Generales 2021 y aprueban otras disposiciones

RESOLUCIÓN N° 0331-2020-JNE

Lima, veintiocho de setiembre de dos mil veinte.

VISTOS los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú; los artículos 16, 107, 113 y 114 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; el artículo 4 de la Ley N.° 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, y la Ley N.° 31038, Ley que establece normas transitorias en la legislación electoral para las Elecciones Generales 2021, en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria ocasionada por la COVID-19.

CONSIDERANDOS

1. Mediante Decreto Supremo N.° 122-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 9 de julio de 2020, el Presidente de la República convocó a Elecciones Generales para el domingo 11 de abril de 2021, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

2. Es función del Jurado Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las normas referidas a materia electoral, tal como lo dispone la Constitución Política del Perú en su artículo 178, numeral 3.

3. En tal sentido, este órgano colegiado estima necesario hacer precisiones sobre los plazos referidos a renuncias de autoridades y altos funcionarios que pretendan postular a los cargos de Presidente y Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, así como para solicitar licencia sin goce de haber, en el caso de los funcionarios y trabajadores del Estado que pretendan ser candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino, con la finalidad de que las organizaciones políticas tomen conocimiento oportuno y observen debidamente estas reglas al presentar sus fórmulas y listas de candidatos.

4. A tenor de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N.° 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, los postulantes a dicho cargo requieren los mismos requisitos y tienen los mismos impedimentos e incompatibilidades que los postulantes al Congreso de la República.

5. Es necesario precisar que, de acuerdo con la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 30904, publicada el 10 de enero de 2019, se modificó en todas las disposiciones correspondientes del ordenamiento jurídico nacional la denominación de “Consejo Nacional de la Magistratura” por el de “Junta Nacional de Justicia”.

Renuncia de gobernadores regionales, vicegobernadores regionales, alcaldes y altos funcionarios para postular en las Elecciones Generales

6. De conformidad con los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, para postular a Presidente o Vicepresidente de la República y miembro del Parlamento Nacional, los gobernadores y vicegobernadores regionales, así como los alcaldes, deben renunciar al cargo seis meses antes de la elección respectiva.

Así, en caso de que se produzcan dichas renuncias, corresponde otorgarles eficacia inmediata, sin necesidad de requerir una aceptación expresa por parte del consejo regional o concejo municipal, en la medida en que estas tienen carácter excepcional, regulado a nivel constitucional, con el único propósito de participar en el proceso electoral respectivo.

7. Según los artículos 107, literales a, b y c, y 113, literales a, b y c, de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE), no pueden postular a los cargos de Presidente o Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes ante el Parlamento Andino, si no han renunciado seis meses antes de la elección los ministros y viceministros de Estado, el contralor general de la República y las autoridades regionales; los miembros del Tribunal Constitucional, de la Junta Nacional de Justicia, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de los organismos integrantes del Sistema Electoral, así como el Defensor del Pueblo; el presidente del Banco Central de Reserva, el superintendente de Banca y Seguros, el superintendente de Administración Tributaria, el superintendente nacional de Aduanas y el superintendente de Administradoras de Fondos Privados de Pensiones.

8. Al realizar el cómputo del plazo para dichas renuncias se advierte que la fecha que corresponde a los seis meses de anticipación a las elecciones es el domingo 11 de octubre de 2020; en vista de ello, a fin de establecer una fecha máxima para la presentación de estas renuncias que coincida con un día hábil, este órgano colegiado estima que debe considerarse como tal el lunes 12 de octubre de 2020.

9. Con relación a la mención expresa en los artículos 107 y 113 de la LOE sobre la obligatoriedad de renuncia de las autoridades regionales, siguiendo la misma línea interpretativa realizada en la Resolución N.° 0286-2015-JNE, de fecha 5 de octubre de 2015, el consejero regional que pretenda postular en Elecciones Generales no está obligado a renunciar a su cargo, pero sí debe solicitar licencia con arreglo al artículo 114 de la LOE, en su condición de funcionario público, para postular a los cargos de congresista y representante ante el Parlamento Andino.

Pase a la situación de retiro de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú para postular en las Elecciones Generales

10. De acuerdo con lo previsto en los artículos 107, literal d, y 113, literal d, de la LOE, no podrán ser candidatos a la Presidencia o Vicepresidencias de la República, congresistas de la República y representantes ante el Parlamento Andino, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que no han pasado a la situación de retiro por lo menos seis meses antes de la elección.

Licencia de funcionarios y trabajadores públicos para postular a los cargos de congresistas de la República y representantes ante el Parlamento Andino

11. El artículo 114 de la LOE señala que están impedidos de ser candidatos al Congreso, los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual debe serles concedida sesenta días antes de la fecha de las elecciones. Este impedimento se aplica, de igual manera, a los candidatos a representantes ante el Parlamento Andino.

12. No obstante, mediante el artículo 1 de la Ley N.° 31038 se adicionó disposiciones transitorias a la LOE, para su aplicación exclusiva en las Elecciones Generales 2021, y en ese marco, se advierte que su Cuarta Disposición Transitoria ha dispuesto que la solicitud de licencia sin goce de haber, establecida en el artículo 114 de la LOE, debe serles concedida treinta días antes de la fecha de las elecciones. En consecuencia, en el presente proceso electoral, será de aplicación dicho plazo.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo Primero.- DISPONER que los gobernadores y vicegobernadores regionales que renuncien con el propósito de participar como candidatos a Presidente y Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en las Elecciones Generales 2021, conforme a lo previsto en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, procedan de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. Las renuncias deben ser presentadas ante el consejo regional correspondiente hasta el lunes 12 de octubre de 2020 (seis meses antes de las elecciones).

2. La presentación de la renuncia correspondiente tiene como efecto inmediato que el vicegobernador regional asuma por encargatura las funciones del gobernador regional, debiendo precisar que las renuncias presentadas, en la fecha límite, esto es, el 12 de octubre de 2020, se entenderán concedidas con efectividad a partir del mismo día.

3. El cargo del documento de renuncia debe ser presentado por el gobernador o vicegobernador regional renunciante al Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV), hasta el 19 de octubre de 2020.

4. El gobernador regional encargado debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en dicho cargo, en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia señalada.

5. En caso de que el gobernador y el vicegobernador regional renuncien, el consejo regional deberá elegir a los que ocuparán sus cargos entre los consejeros regionales, en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir de la presentación de las renuncias señaladas.

Artículo Segundo.- DISPONER que los alcaldes que presenten su renuncia con el propósito de participar como candidatos a Presidente y Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en las Elecciones Generales 2021, conforme a lo previsto en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, procedan de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. Las renuncias deben ser presentadas ante el concejo municipal provincial o concejo municipal distrital correspondiente hasta el lunes 12 de octubre de 2020 (seis meses antes de las elecciones).

2. La presentación de la renuncia correspondiente tiene como efecto inmediato que el primer regidor asuma por encargatura las funciones del alcalde, debiendo precisar que las renuncias presentadas, en la fecha límite, esto es, el 12 de octubre de 2020, se entenderán concedidas con efectividad a partir del mismo día.

3. El cargo del documento de renuncia debe ser remitido por el alcalde renunciante, al Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV), hasta el 19 de octubre de 2020.

4. El alcalde encargado debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en dicho cargo, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros, en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia señalada.

Artículo Tercero.- DISPONER que los altos funcionarios señalados en los literales ab y c del artículo 107, y en los literales ab y c del artículo 113 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, que presenten su renuncia con el propósito de participar como candidatos a Presidente y Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en las Elecciones Generales 2021, procedan conforme a las siguientes disposiciones:

1. Las renuncias deben ser presentadas ante la entidad pública correspondiente hasta el lunes 12 de octubre de 2020 (seis meses antes de las elecciones).

2. El cargo del documento de renuncia debe ser presentado ante el Jurado Electoral Especial correspondiente al momento en que la organización política solicite la inscripción de la candidatura.

Artículo Cuarto.- PRECISAR que para postular como candidato a los cargos de Presidente y Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino en las Elecciones Generales 2021, el pase a la situación de retiro de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional debe darse como máximo el 12 de octubre de 2020.

La resolución respectiva de pase a la situación de retiro debe ser presentada ante el Jurado Electoral Especial correspondiente al momento en que la organización política solicite la inscripción de la candidatura.

Artículo Quinto.- DISPONER que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado, que soliciten licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos a los cargos de congresista de la República o representantes peruanos ante el Parlamento Andino en las Elecciones Generales 2021, deben observar lo siguiente:

1. Las solicitudes de licencia deben ser presentadas ante la entidad pública con la debida antelación. La solicitud de licencia debe mencionar expresamente que la licencia debe ser concedida a partir del 12 de marzo de 2021.

2. El cargo de la solicitud de licencia, previamente presentada, debe ser adjuntado a la solicitud de inscripción de candidaturas, que se presenta ante el Jurado Electoral Especial correspondiente.

Artículo Sexto.- PRECISAR que todos los pronunciamientos emitidos por el Jurado Nacional de Elecciones son notificados a través de la casilla electrónica, conforme a lo establecido en el Reglamento sobre Casilla Electrónica del JNE, aprobado por Resolución N.° 0165-2020-JNE, publicado en el diario oficial El Peruano el 19 de junio de 2020, a efectos de que se tenga presente para los trámites de acreditación de los reemplazantes de las autoridades renunciantes.

Artículo Sétimo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la República, del Congreso de la República, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Junta Nacional de Justicia, de las Cortes Superiores de Justicia, de las presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, así como de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines pertinentes.

Artículo Octavo. - DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

SANJINEZ SALAZAR

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

1888594-1


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https://portal.jne.gob.pe/portal/Pagina/Nota/8358?fbclid=IwAR08bcDakeUQNn0M7zMVlxLlg-bJwpqG8hjE20_EemrLdsDTWYUEf-8Clfg

https://gestion.pe/peru/politica/elecciones-2021-jne-recuerda-que-este-lunes-vence-plazo-para-renuncias-de-gobernadores-y-alcaldes-nndc-noticia/?outputType=amp&fbclid=IwAR227iau04guTDV1SrTk7eGvxXrSINS2jN3K0KxI4Rh-Ucp95Lll5N8siXE

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/aprueban-disposiciones-para-los-gobernadores-y-vicegobernado-resolucion-n-0331-2020-jne-1888594-1/?fbclid=IwAR1bjGiE7pCxZUoOqSCIrEbrmGhgU_KMCCQqgzIhfvfUqZFG-9xm9OhL6E0
















LA CONSTITUCIÓN ECONÓMICA - Tribuna Constitucional 82 - Guido Aguila Grados


La Constitución Política del Perú de 1993 apuesta como fórmula económica por la "Economía Social de Mercado". A diferencia de su antecesora, la Constitución de 1979, que hacía énfasis en lo "social", ésta subraya el término "mercado". En el presente programa desarrollamos los Principios y Elementos de nuestra CONSTITUCIÓN ECONÓMICA.

Estas son las principales licitaciones y contratos de Odebrecht en Perú y el OSCE hasta la fecha #NO los INHABILITA PARA CONTRATAR CON EL ESTADO .....que esperan carajo...?


Odebrecht: “Tenemos expectativa de volver a participar en licitaciones en el Perú”


Marco Siqueira, presidente de Odebrecht, asegura que no volverán a aparecer más obras con pago de sobornos. Señala que la constructora brasileña ya cumplió con los pagos de reparación civil de los años 2019, 2020 y 2021.

Nuevo comienzo. Marco Siqueira afirma que todos los directivos que cometieron delitos ya fueron separados de Odebrecht.

Luego de tres años, un monitor independiente designado por el Departamento de Justicia de Estados Unidos certificó el nuevo programa de integridad de Odebrecht. Se corroboró que el sistema de conformidad de la empresa, incluyendo sus políticas y procedimientos, está diseñado e implementado para prevenir y detectar violaciones a las leyes anticorrupción

Para Marco Siqueira, este es el inicio de un nuevo ciclo para la constructora, tras el escándalo de corrupción Lava Jato. Su gestión en la firma brasileña empezó desde hace seis meses aproximadamente. Su primera meta es recuperar las inversiones en Brasil y otros 13 países a partir del próximo año.

¿Cuáles son las metas próximas para Odebrecht? Nos vemos trabajando la próxima década. Nuestra visión es instituir todos los intereses de la sociedad en primer lugar. Una gestión y un trabajo adoptando todas las características de ética. Buscamos retomar con fuerza nuestras operaciones en Brasil. En ningún lugar hemos parado totalmente de operar. Queremos vivir un nuevo ciclo de inversiones en lo público y privado. Ser una empresa con la certificación que tenemos ahora con la capacidad técnica y de realizar proyectos importantes de infraestructura en todo el mundo.

¿Qué de nuevo hay en esta nueva certificación que puede garantizar que no se van volver a cometer los hechos delictivos del pasado?

La forma en que la empresa opera hoy está protegida. Si ocurre cualquier mala intención o una mala postura de cualquier directivo, esta se va detectar para que se corrija y remedie cualquier mal intento. Antes teníamos un modelo muy dependiente, de confianza total hacia las personas que por ello de algún modo, hemos visto tomaron decisiones personales que marcaron el futuro de la empresa.

¿Qué tienen ahora?

Un sistema de confianza total con las personas, pero con una serie de políticas y directrices y procesos instaurados de forma. Estamos atendiendo los intereses de la sociedad y de la empresa que es seguir haciendo grandes obras sin caer en malos hechos o buscando situaciones de esa naturaleza.

¿Ya no tienen la famosa Caja 2?

No. Ahora es un sistema centralizado para todos los pagos de la compañía en todos los países. Hoy todos los pagos son autorizados por el área financiera desde Brasil auditado internamente y externamente. Eso es un cambio porque antes teníamos un sistema de pago descentralizado por operación.

¿Este sistema será implementado en Brasil o también en el Perú?

Sí, a nivel mundial. No solo vamos a seguir reglas de las autoridades americanas, sino es un compromiso de la empresa de replicar este sistema en el mundo.

¿Todos los directivos implicados en ilícitos ya fueron retirados?

Sí, ya fueron todos identificados. No están aquí. Hay personas transparentes, y si se diera una conducta incorrecta, la empresa será la primera en divulgar esos actos.

¿Odebrecht sigue en crisis económica?

Hoy vivimos un ciclo final de crisis en todo el sector de las infraestructuras, de hecho, en todo el mundo. Después del ciclo de las materias primas, el ciclo del petróleo y el gas, desde 2014, 2015. Es cierto que el mercado de las empresas de ingeniería ha experimentado una crisis mundial en este sentido. Por supuesto que tenemos nuestras dudas, pero recientemente tuvimos la noticia de que renegociamos nuestros bonos y aumentamos el plazo de vencimiento en más de 5 años y con una reducción de deuda de más del 55%. Esto también fue una prueba más de la confianza de los inversionistas y tenedores de estos bonos en la recuperación de nuestras operaciones de que estamos siguiendo el camino correcto. Decidieron seguir invirtiendo en la empresa antes que poner fin a estas deudas.

Pero cómo está Odebrecht en este año de pandemia

Ahora, el 2020, es un año, debido a Covid, fuera de toda normalidad, si podemos decirlo, y estamos experimentando estabilidad en los ingresos, incluso con estos problemas. Por eso creemos que hoy tenemos una situación de mayor estabilidad y que a partir de 2021 este vector de inversión será positivo. Está claro que los gobiernos pasan y pasarán por situaciones fiscales difíciles, debido también a esta crisis que demanda mucho apoyo social que ejerce mucha presión sobre la recaudación del gobierno porque reduce la base de recaudación tributaria. Por tanto, la capacidad de inversión es menor, pero al mismo tiempo sabemos que para la reanudación de una economía no hay mejor forma que invertir en infraestructura. Por tanto, creo que el vector de 2021 es positivo.

¿Ya tienen nuevas obras en Brasil?

En este segundo semestre en Brasil, principalmente de inversionistas y empresas privadas, ganamos seis nuevos contratos: inversiones en fábricas, infraestructura y estamos trabajando aquí ahora en esta nueva visión y creo que tanto para Perú como para otros países en América Latina, la infraestructura tendrá un papel central en la recuperación de la economía y por eso también estamos aquí para ser parte de este momento.

¿Y en el resto del mundo?

A nivel mundial tenemos más de 20 contratos activos. Hemos ganado contratos de construcción de carreteras y otros contratos industriales de captación y distribución del agua.

Entrada al Perú

¿El objetivo del próximo año es seguir operando en Perú?

Tenemos una cartera con obras que serían muy fáciles de ser retomadas, entre ellas, la represa de Chavimochic III. Ponemos la certificación sobre la mesa para que los gobernantes lo sepan, que esta empresa ahora está transformada, no es la misma de finales del año 2016. Claro que vamos a cumplir con nuestras obligaciones, como las reparaciones civiles y todo. Para hacerlo, queremos continuar operando y tener la posibilidad de tener nuevos contratos. Esta certificación demuestra que somos una empresa transformada. En el mundo, hay otros casos como Siemens o Volkswagen que han estado en esta situación y al final consiguieron volver a operar. Vemos posibilidades de invertir en Perú y de crear empleos.

¿En los sectores público y privado?

Tenemos la expectativa de volver a participar en licitaciones y concursos. El próximo año es posible que se reactiven proyectos de minería, puertos, centrales hidroeléctricas. La otra posibilidad  es que se reactive la represa de Chavimochic III. Este es un contrato de concesión que está hasta hoy en discusión en el Gobierno sobre qué hacer. Estamos a disposición de hacer un trato directo con un privado para ceder o vender esta concesión para poder seguir adelante. La idea es que este privado que sea el nuevo concesionario pueda contratar o mantener el contrato de construcción con el consorcio constructor del que somos parte.

¿Tienen nuevos contratos en este último año en Perú?

No. Este último año nos hemos abocado al acuerdo de colaboración eficaz y la situación financiera. No hemos tenido tiempo de participar en concursos. En los últimos cuatro años, no hemos participado en ningún concurso o licitación, la idea ahora es retomar ahora.

¿En obras solo tienen las interoceánicas en nuestro país?

Sí, las estamos ejecutando dentro de las carreteras interoceánicas como parte de las obligaciones del contrato de concesión.

¿Las van a vender?

No, por el momento no.

¿Y qué pasará con Olmos?

Se siguen cumpliendo todas las operaciones con el Estado y con los usuarios. La empresa está en fase de operación, no hay obra que hacer allí. La obra está concluida.

¿Y el futuro de Rutas de Lima?

La vendimos hace más de cuatro años. Hoy solo tenemos una acción minoritaria de las acciones, no podemos controlar las operaciones.

En Perú el próximo año habrá elecciones. Hay algunos precandidatos presidenciales que se han manifestado en contra de que Odebrecht contrate con el Estado…

Entiendo que hay una identificación de la política del pasado, pero la empresa que está aquí está transformada con sistemas de certificación y con una ética limpia y transparente. ¿Por qué no trabajar con una empresa así? Entiendo la visión de venganza de algunos, pero hay que mirar la situación de hoy. Siempre estaremos abiertos a dialogar. Estamos listos para iniciar un nuevo ciclo.

Colaboración y pago de reparación civil

¿Odebrecht sigue colaborando con los fiscales peruanos?

Seguimos colaborando con todo lo que está establecido en nuestros acuerdos.

¿Lo que se conoce hoy es todo, ya no van a aparecer más obras con pagos ilícitos?

Sí, eso ya quedó en el pasado. En el momento que se dio eso, tomamos la decisión de seguir por el camino de la reparación civil. De allí no más nada de malos hechos. Ahora tenemos un sistema implementado inscrito en los monitores del Departamento de Justicia de Estados Unidos para funcionar de esta forma. Ya no habrá pagos ilícitos ni asuntos de esta naturaleza.

En el acuerdo con Fiscalía y Procuraduría se fijó que la reparación civil se pague en 15 años. ¿Qué pasará si no tienen dinero en Perú para pagarla? ¿Vendrá el dinero de la matriz de Brasil?

Esto es una parte del acuerdo. Es más amplio. Ya pagamos una parte importante de la reparación cuando hicimos la venta de activos y otros. La expectativa también es tener obras, porque su mismo nombre lo dice, es un acuerdo. La idea es pagar y poder volver a la operación.

¿Cuánto ya pagaron de reparación civil al Perú?

Hicimos dos acuerdos de colaboración. En el primero,  ya se pagaron S/ 65 millones. Ahora del segundo acuerdo, que son S/ 600 millones, hemos pagado S/ 80 millones con la venta de la Hidroeléctrica de Chaglla. Luego, en el fideicomiso que se estableció para el pago de la reparación civil, se canceló cuota del año 2020 y también hay para cubrir la cuota del año 2021. El Perú debe saber que la cuota de este año y del próximo ya está depositada en el fideicomiso.

¿Cuánto hay aproximadamente en fideicomiso del Minjus?

Son aproximadamente S/ 120 millones, de los S/ 600 millones, que ya están pagados. Ahora lo que necesitamos es trabajar para juntar el dinero y pagar la cuota del 2022 y así en adelante.

¿Van a insistir en la demanda contra el Perú ante el Ciadi por el Gasoducto del Sur?

Las demandas son reservadas, los participantes no pueden hacer comentarios acerca de ello.