El objetivo central en gran parte de los delitos que se cometen, es generar una ganancia económica para el individuo o grupo que desarrolla determina actividad delictiva. El delito de “LAVADO DE ACTIVOS” (LA) es el proceso por el cual se encubre el verdadero origen ilegal de los fondos generados por actividades ilícitas. El objetivo del LA consiste en hacer que los fondos o activosobtenido a través de actividades ilícitas o ilegales aparezcan como el resultado de actividades legales o legítimas y así circulen sin problema alguno en el sistema económico-financiero de un país.
En esta misma línea de lucha contra la criminalidad organizada, el Pedido de Pérdida de Dominio (PP) se sustenta en el principio que los agentes del delito no tienen derecho real alguno sobre los bienes o activos integrantes de estos “patrimonios criminales”, y menos aún, el derecho de propiedad, puesto que todo derecho sólo se adquiere conforme a los mecanismos propios del ordenamiento jurídico, nunca contraviniéndolos, y menos a través de la comisión de un delito, que constituye el mayor ataque al ordenamiento jurídico de una Nación.
En consecuencia, privar a los agentes delictivos del producto del delito, no contraviene derecho fundamental alguno y menos el artículo 70º de la Constitución Política del Estado, que establece que el derecho de propiedad es inviolable. Por lo mismo, resulta legítimo privar a los agentes delictivos de estos productos, instrumentos y medios del delito. Más aún, en el caso de las organizaciones criminales, la privación de los bienes o activos vinculadas a éstas, deberá realizarse sin necesidad de determinar que dichos bienes constituyen efectos, ganancias o instrumentos del delito, puesto que los “patrimonios criminales”, han sido amasados sin duda alguna, a través de la comisión de múltiples delitos y los bienes o activos de origen lícito que pudiesen haber poseído, de todos modos habrán servido para facilitar la comisión del delito o su impunidad, lo que amerita la afectación correspondiente.
La Ley de Pérdida de Dominio (PP), constituye una herramienta efectiva y de aplicación clara y operativa para los operadores de justicia, que establece los mecanismos de distribución y administración de los bienes o fondos recaudados mediante este proceso. De esta manera, con la vigencia de los Decretos Legislativos 1104 y 1106 se perfecciona la sanción y represión del delito de lavado de activos, SIN QUE ELLO AFECTE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS COMO LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y EL DEBIDO PROCESO, MOTIVO POR EL CUAL DESDE ESTA TRIBUNA EXHORTO AL MINISTERIO PUBLICO, QUE NO LES TIEMBLE LA MANO, CUANDO INVESTIGUEN ESTE TIPO DE DELITOS, EN DONDE SE ENCUENTREN INVOLUCRADOS, ABOGADOS, NOTARIOS, REGISTRADORES PUBLICOS, ALCALDES, PRESIDENTES REGIONALES, RECTORES, JUECES y HASTA PROPIOS FISCALES, CASO CONTRARIO NUESTRA SOCIEDAD QUE ESTA ASQUEADA DE TANTA CORRUPCION GUBERNAMENTAL, SALDRA A LAS CALLES y EMPEZARA UNA REVOLUCION TIPO CUBA, PUES A PESAR QUE TENEMOS UN PRESIDENTE REGIONAL ANTICORRUPCION, UNA REPRESENTANTE DEL PODER EJECUTIVO y CUATRO CONGRESISTAS POR NUESTRA REGION LIMA PROVINCIAS, POCO o NADA HAN HECHO CONTRA ESTE FLAGELO, QUE AZOTA DIA A DIA, LA VIDA DIARIA DE LOS QUE MENOS TIENEN, QUIENES NOS HEMOS CONVERTIDO EN VICTIMAS DE UN ESTADO LEVIATAN y APATRIDA.
La Ley de Pérdida de Dominio (PP), constituye una herramienta efectiva y de aplicación clara y operativa para los operadores de justicia, que establece los mecanismos de distribución y administración de los bienes o fondos recaudados mediante este proceso. De esta manera, con la vigencia de los Decretos Legislativos 1104 y 1106 se perfecciona la sanción y represión del delito de lavado de activos, SIN QUE ELLO AFECTE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS COMO LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y EL DEBIDO PROCESO, MOTIVO POR EL CUAL DESDE ESTA TRIBUNA EXHORTO AL MINISTERIO PUBLICO, QUE NO LES TIEMBLE LA MANO, CUANDO INVESTIGUEN ESTE TIPO DE DELITOS, EN DONDE SE ENCUENTREN INVOLUCRADOS, ABOGADOS, NOTARIOS, REGISTRADORES PUBLICOS, ALCALDES, PRESIDENTES REGIONALES, RECTORES, JUECES y HASTA PROPIOS FISCALES, CASO CONTRARIO NUESTRA SOCIEDAD QUE ESTA ASQUEADA DE TANTA CORRUPCION GUBERNAMENTAL, SALDRA A LAS CALLES y EMPEZARA UNA REVOLUCION TIPO CUBA, PUES A PESAR QUE TENEMOS UN PRESIDENTE REGIONAL ANTICORRUPCION, UNA REPRESENTANTE DEL PODER EJECUTIVO y CUATRO CONGRESISTAS POR NUESTRA REGION LIMA PROVINCIAS, POCO o NADA HAN HECHO CONTRA ESTE FLAGELO, QUE AZOTA DIA A DIA, LA VIDA DIARIA DE LOS QUE MENOS TIENEN, QUIENES NOS HEMOS CONVERTIDO EN VICTIMAS DE UN ESTADO LEVIATAN y APATRIDA.